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¿Será 90 kilómetros por hora la velocidad máxima en carreteras?

La DGT estudia bajar a 90 kilómetros por hora la velocidad máxima en carreteras. Se trataría de una medida que estaría incluida en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y que supondría una reducción del límite velocidad de 10km/hora, de 100 a 90 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras convencionales. No obstante, habría la opción de aumentar dicha velocidad si el trazado y la conservación de la vía así lo permiten.

¿Será 90 kilómetros por hora la velocidad máxima en carreteras? Así lo quiere la DGT

La intención sería hacer esta pequeña reducción de la velocidad en carretera convencional a nivel genérico, pero con la posibilidad de que los titulares de las vías puedan aumentarla si el trazado es seguro y la vía está bien conservada, según han manifestado desde la propia DGT.

Para Tráfico esto supondrá un avance porque consideran que los conductores incumplen más es precisamente el respeto al límite de velocidad porque «muchas veces no hay coherencia entre la velocidad y el tipo de vía» ante la que están.

Esta medida estaría dentro de la nueva ley de tráfico que se prevé que se envíe en breve al Ministerio del Interior para que pueda tramitarse. Una ley que, entre otros objetivos, está pensada para reducir el número de fallecidos, para lo que es necesario, según ha dicho, mayor concienciación y formación al respecto.

Dicha propuesta fue anunciada a los medios por el mismo director general de la DGT, Gregorio Serrano,  quien ha dicho que “El camino va dirigido a una pequeña reducción de la velocidad en carretera convencional a nivel genérico, pero con la posibilidad de que los titulares de las vías puedan aumentarla si el trazado es seguro y la vía está bien conservada”

Serrano insiste que las normas son por lo general incumplidas por falta de conocimiento. En la entrevista expresó que “Si el ciudadano ve la vía en buenas condiciones no entiende una velocidad excesivamente baja y al revés”, considera que al apostar por una disminución genérica del límite de la velocidad en las carreteras convencionales al 90%, dando siempre la oportunidad  a los conductores de elevarla si lo consideran razonable, según el trazado de las vías.

Sus palabras han sido «Nuestra idea es rebajar al 90% y esperamos que el resto de actores implicados y grupos políticos estén de acuerdo»,  añadiendo que procederá a  una mayor implicación de los titulares de dichas vías para que éstas se mantengan en buenas condiciones.

Serrano espera que el Ministerio del Interior dé el visto bueno a la propuesta y esta pueda empezar a implementarse con rapidez. De igual forma ha destacado que España se encuentra entre los países de Europa y de todo el mundo,  que tienen un mejor y mayor índice de seguridad vial, la idea es continuar entre los primeros y poder seguir disminuyendo el número de fallecidos en por motivo de accidentes de tránsito.

Velocidades genéricas y velocidades específicas máximas actuales, diferencias

En el actual Reglamento de Tráfico,  se pueden encontrar dos tipos de velocidades máximas en el artículo 48. Estas son:

La velocidad máxima genérica, la cual es dada por la vía transitada y las características que están presentes, así como también se toma en cuenta el tipo de vehículo. Es una velocidad que no tienen que ir señalizada.

Por el contrario la velocidad específica máxima, debe estar señalizada en todo momento en las vías, no va a depender del tipo de vehículo ni de la vía que se recorra.

Velocidad a la que se puede circular actualmente por una carretera convencional

Un coche turismo que vaya en circulación por una carretera convencional que tenga un arcén mayor  de 1,5 metros, la velocidad máxima genérica u puede alcanzar es de 100 kilómetros por hora. Mientras que un autobús puede circular a 90 kilómetros por hora y con un remolque adicional a una velocidad de 80 kilómetros por hora.

Por ejemplo, si va circulando por una carretera convencional con un coche turismo y dicha carretera tienen un arcén de 1,5 metros, y aparece una señal en una curva que indica que la velocidad máxima es de 40 kilómetros por hora. Dicho cartel se trata de una velocidad máxima específica, y  los vehículos, sin importar el modelo deben cumplirlo por igual. Es decir que no importa se conduce  vehículo pesado como un camión o un coche, la curva debe ser tomada por ambos a una velocidad de 40 kilómetros por hora.

En caso de que la velocidad máxima específica encontrada en el cartel sea de 90 kilómetros por hora,  de conducir un coche turismo que la velocidad máxima genérica es de 100 kilómetros por hora, se tendría que reducir la velocidad a 90 kilómetros por hora; pero si se conduce un camión, el cual la velocidad máxima genérica es de 80 kilómetros por hora, ese el límite tope del vehículo.  Esta es la diferencia entre una velocidad genérica y una específica.

Acerca de Lorena Gonzalez

Soy una Joven blogger apasionada de las redes sociales. Me encanta escribir sobre todo tipo de temas y en especial de automoción

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